Jue. Sep 24th, 2026

Día a Día News

ElSalvador–La Asamblea Legislativa aprobó el 23 de septiembre de 2026 un paquete de reformas que modifica las fechas para el pago de aguinaldos y otras prestaciones de fin de año en El Salvador. Las nuevas disposiciones abarcan a trabajadores del sector privado, empleados públicos, pensionados y personas beneficiarias de pensiones alimenticias.

Uno de los principales cambios establece que el aguinaldo podrá entregarse desde el 1 de octubre hasta el 20 de diciembre de cada año. En el caso del sector privado, el empleador podrá determinar la fecha del desembolso dentro de ese período y deberá efectuarlo en un solo pago.

La modificación incorpora cambios a los artículos 197, 200 y 202 del Código de Trabajo. Además, fija el 12 de diciembre como fecha de referencia para determinar el aguinaldo proporcional de quienes todavía no hayan completado un año de servicio.

Aguinaldo proporcional

Los trabajadores que no hayan cumplido un año con el mismo empleador al 12 de diciembre conservarán el derecho a recibir la parte proporcional correspondiente al tiempo laborado.

La normativa también contempla los casos en que la relación laboral termine antes de esa fecha. Cuando corresponda conforme a las condiciones establecidas en la ley, deberá reconocerse al trabajador la parte proporcional del aguinaldo generado durante el período trabajado.

También cambia el pago para empleados públicos

La reforma a la Ley sobre la Compensación Adicional en Efectivo establece que esta prestación para empleados del sector público podrá entregarse entre el 1 de octubre y el 20 de diciembre.

De esta manera, tanto las instituciones públicas como los empleadores privados cuentan con un período más amplio para programar estos desembolsos.

Pensionados recibirán antes la pensión de Navidad

Las modificaciones también alcanzan a los pensionados. La pensión de Navidad y el beneficio adicional anual para quienes forman parte del sistema público podrán pagarse desde el primer día hábil de octubre hasta el quinto día hábil de diciembre.

El cambio busca establecer un período de pago anticipado para estas prestaciones, en lugar de concentrarlas en diciembre.

Otro de los cambios modifica las disposiciones relacionadas con las pensiones alimenticias.

La reforma permite que pueda aplicarse desde el 1 de octubre la retención equivalente al 30 % del aguinaldo o compensación adicional de los trabajadores sujetos a una obligación de pensión alimenticia. Las instituciones encargadas deberán remitir esos fondos dentro del período establecido, que se extiende hasta el 20 de diciembre.

Aguinaldos de hasta $1,500 quedan sin retención de renta

Para 2026 también se aprobó una disposición transitoria relacionada con el Impuesto sobre la Renta.

Los aguinaldos y compensaciones adicionales en efectivo de hasta $1,500 serán considerados renta no gravable, siempre que correspondan a las prestaciones contempladas en la reforma y sean pagados dentro del período establecido.

Cuando el monto supere los $1,500, la parte que exceda ese límite sí estará sujeta a la retención correspondiente, de acuerdo con la disposición aprobada.

Las cinco iniciativas fueron aprobadas con 60 votos durante la sesión legislativa del 23 de septiembre.

En términos generales, las reformas modifican el calendario de pago de distintas prestaciones de fin de año y amplían el período durante el cual pueden efectuarse los desembolsos, manteniendo reglas específicas para el cálculo proporcional, las pensiones alimenticias y la retención tributaria.

Facebook Comments Box
Compartir esta nota
error: Contenido protegido