Los diputados de la Comisión de Tecnología, Turismo e Inversión dictaminaron a favor de la creación de la Ley de Energía Nuclear, la cual regulará las actividades relacionadas con la materia y permitirá diversificar la matriz energética para beneficio de los salvadoreños.
La Comisión de Tecnología, Turismo e Inversión emitió un dictamen favorable para crear la Ley de Energía Nuclear, la cual busca regular todas las actividades relacionadas con el ciclo de vida del combustible nuclear, como parte de las aplicaciones pacíficas de la tecnología nuclear, las cuales contribuirán al avance científico, económico y social del país.
La implementación de la energía nuclear en El Salvador permitiría producir energía durante 24 horas, los siete días de la semana; y el precio de este recurso sería más bajo y estable porque no dependería de factores geopolíticos o el precio del petróleo.
Además, sería amigable con el medio ambiente, ya que frenaría las emisiones contaminantes, según lo expuesto a los diputados el presidente de la Comisión Ejecutiva Hidroeléctrica del Río Lempa (CEL), Daniel Alejandro Álvarez.
De la misma manera, la construcción de reactores daría paso a la ampliación de profesionales en el rubro. Actualmente, ya se está capacitando a ingenieros expertos en construcción e inspección de plantas nucleares y operadores.
Para llevar a cabo este proyecto es necesario crear un marco jurídico acorde con las condiciones nacionales, así como con el contexto internacional, que regule las instalaciones, actividades y prácticas que se desarrollen en la materia y que cree una estructura institucional de regulación, control y supervisión de estas, garantizando la protección de la salud, seguridad y bienestar de las personas y el medio ambiente.
Proyecto fue elaborado con asistencia internacional
El proyecto de Ley de Energía Nuclear contempla regulaciones para la selección de sitios o emplazamiento, diseño, construcción, operación, clausura y desmantelamiento de instalaciones nucleares y radiactivas, así como los materiales, minerales y sustancias radiactivas que se utilicen en ellas, incluyendo el ciclo de vida del combustible nuclear.
El presidente de CEL explicó que el borrador del anteproyecto fue elaborado con la asistencia del Organismo Internacional de Energía Atómica para lograr que El Salvador incursione en la materia.
En Latinoamérica ya existen potencias nucleares como Argentina, Brasil y México que están generando energía eléctrica; mientras que Chile y Perú tienen reactores de investigación y de radioisótopos.
Álvarez destacó la necesidad de que el país tenga fuentes de energía eléctricas que no consuman espacios, que no dependan de combustibles fósiles y que no emitan gases contaminantes.
El único tipo de energía similar a la geotérmica es la energía nuclear, por lo que uno de los proyectos a futuro es tener, en un plazo de siete años, el primer reactor de investigación, afirmó el funcionario. Para lo cual ya se está capacitando al personal a través de becas provenientes de países como Argentina, Corea y Estados Unidos.
“Hasta el momento, se han capacitado a más de 25 personas con el fin de hacer plantas de generación eléctrica, investigación y desarrollo. En siete años, se pretende capacitar a 400 y tener el primer reactor de investigación”, sostuvo Álvarez.
Las regulaciones de la materia estarán a cargo de la Dirección General de Energía, Hidrocarburos y Minas, teniendo como dependencias adscritas a la Dirección de Regulación de Energía Nuclear; que será la encargada de la regulación y el régimen sancionatorio; mientras que la Dirección de Control y Supervisión de Energía Nuclear ejecutará supervisiones e inspecciones.
En caso de emergencia nacional, la ley contempla la activación del comité de emergencia, el cual estará integrado por la Dirección General de Hidrocarburos y Minas, la Dirección Nacional de Protección Civil, la Policía Nacional Civil, Ministerio de Salud, Ministerio de Relaciones Exteriores, la Autoridad Salvadoreña del Agua, Cuerpo de Bomberos, Ministerio de Defensa Nacional, Ministerio de Gobernación y Desarrollo Territorial y Ministerio de Medio Ambiente.
Atribuciones de la Dirección General
La entidad a cargo del cumplimiento de esta normativa deberá establecer reglas para las instalaciones nucleares, actividades y prácticas para proteger a las personas y el medio ambiente de posibles efectos adversos de la radiación ionizante. También podrá conceder, modificar, suspender o revocar las licencias descritas en la normativa.
La Dirección General de Energía, Hidrocarburos y Minas definirá las exclusiones en la ley correspondiente y aplicará las sanciones por infracciones cometidas a la normativa aplicable.
Además, creará las obligaciones para el establecimiento del seguro de daños u otras garantías financieras por parte de las personas a las que se ha otorgado una licencia a llevar a cabo las actividades, instalaciones y prácticas establecidas en la ley, incluidas las asociadas a las responsabilidades civiles.
Establecerá y mantendrá un Registro Nacional de Fuentes de Radiación y un Sistema Nacional de Contabilidad y Control de Materiales Nucleares, el cual comprenderá el Registro de Licencias para esos Materiales.
La Dirección tendrá un registro de licencias concedidas a personas naturales o jurídicas autorizadas para realizar actividades o prácticas en virtud de la presente Ley, entre otras actividades.
Principios para el desarrollo y aplicación de la ley
Para la aplicación de la ley se deberá tomar en cuenta que la tecnología y los materiales nucleares se utilizarán exclusivamente con fines pacíficos y para el beneficio de la sociedad.
Las actividades nucleares relacionadas con el uso de la energía nuclear y de las radiaciones ionizantes tendrán que cumplir con los instrumentos internacionales en materia de seguridad y protección radiológica, garantizando el bienestar de la población y el medio ambiente.
En caso de incidentes o accidentes nucleares, los operadores de instalaciones nucleares serán responsables de proporcionar una compensación adecuada a las víctimas y de remediar los daños ambientales causados, en armonía con los instrumentos internacionales ratificados por El Salvador.
El Estado establecerá procedimientos para la gestión segura y a largo plazo de los desechos radiactivos, incluyendo su almacenamiento, tratamiento y disposición final.
Asimismo, garantizará la transparencia en todas las operaciones, actividades y prácticas relacionadas con el uso de la energía nuclear y de las radiaciones ionizantes, promoviendo una comunicación efectiva y continua con el público sobre los aspectos de la tecnología nuclear, y adoptará medidas para asegurar la protección continua del medio ambiente y de la población contra los riesgos relacionados con las radiaciones ionizantes.