En San Salvador Sur, comercios como tiendas y comedores tendrán prohibido vender más de tres bebidas alcohólicas en el lugar según la ordenanza municipal que entró en vigencia el 26 de noviembre.
Además, la venta estará permitida únicamente entre las 11:00 de la mañana y las 10:00 de la noche, de lunes a domingo.
Esta nueva normativa busca unificar las políticas de consumo de alcohol en los cinco distritos que componen el municipio de San Salvador Sur: Panchimalco, Rosario de Mora, San Marcos, Santo Tomás y Santiago Texacuangos.
La ordenanza tiene como propósito evitar el exceso de consumo en lugares pequeños y garantizar que los vecinos puedan disfrutar de un ambiente seguro.
Para los establecimientos como restaurantes, bares, discotecas, cervecerías, y centros de entretenimiento, la norma no establece un límite de bebidas alcohólicas por persona, pero sí restringe el horario de atención hasta las 2:00 de la madrugada.
La ordenanza detalla que todos los establecimientos comerciales que vendan bebidas alcohólicas deben obtener una licencia anual. Según el Artículo 9 del documento, el costo estándar de la licencia corresponde a un salario mínimo vigente del sector comercio y servicios. Eso significa un pago de $365.
Sin embargo, los pequeños negocios con activos menores a $1,000 podrán pagar $120 anuales, con la opción de dividir este monto en 12 cuotas mensuales. Para actividades temporales, se ofrece una licencia diaria con un costo de $3.
Según los requisitos y limitaciones, los establecimientos comerciales, como tiendas, restaurantes, bares y discotecas, deben cumplir con requisitos específicos, como la ubicación a más de 200 metros de iglesias, escuelas y zonas residenciales.
Los establecimientos que comercialicen bebidas alcohólicas sin el permiso de la alcaldía serán multados con una sanción de $365 y estará «en la obligación de iniciar el procedimiento administrativo para la obtención de la referida licencia» y en caso de no iniciar el proceso en los próximos 60 días, se le impondrá otra multa de $365.
Los sujetos obligados recibirán una multa de tres salarios mínimos, es decir, $1,095 por vender bebidas alcohólicas a menores o estudiantes uniformados; vender en horarios diferentes a los autorizados y por permitir la portación de armas de fuego.