Jue. Abr 18th, 2024

El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General de Impuestos Internos, informa a  los Agentes de Retención del Impuesto sobre la Renta que, a partir del martes 17 de enero del presente año, estará disponible en la página web www.mh.gob.sv el INFORME ANUAL DE RETENCIONES RENTA (F910) SUGERIDO correspondiente al ejercicio fiscal 2022.

Hacienda detalla que los Agentes de Retención deben considerar que el informe se generará conforme a la información reportada por el Agente de Retención en las declaraciones mensuales de pago a cuenta e impuesto retenido, de los períodos tributarios del año 2022.

Además , en caso de detectar inconsistencias en los datos reportados en las declaraciones mensuales de pago a cuenta y retenciones, deberán modificarse y pagarse previamente, para que el informe anual se genere con los datos correctos.

También , los datos reportados en el informe se reflejan en las declaraciones sugeridas de Renta de los sujetos de retención, por lo que dicha información debe ser conforme a las retenciones realizadas, para que sus empleados y proveedores no tengan inconvenientes en la presentación de sus declaraciones.

Asimismo , Hacienda informa que los agentes de Retención tienen la obligación de entregar las Constancias de Retención a cada sujeto de retención (empleados, asalariados, servicios profesionales, etc.),  según lo establecido en el art. 145 del Código Tributario.

La fecha de presentación vence el próximo martes 31 de enero del presente año.

Por otra parte, Hacienda informa que este lunes 16 de enero vence el plazo para que los contribuyentes inscritos en IVA presenten el formulario F211 denominado: “Actualización de Dirección para Recibir Notificaciones”, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 90, inciso 2°, del Código Tributario.

Hacienda destaca que el formulario F211 está disponible en línea 24/7 en los servicios en línea DGII, alojados en la página web www.mh.gob.sv, siendo la vía electrónica la única habilitada para presentar dicha obligación tributaria.

Asimismo, se ha puesto a disposición la circular No.001/2020 que establece la obligatoriedad de información de la dirección ante la Administración Tributaria.

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