Vie. Abr 26th, 2024

La Asamblea Legislativa, aprobó el martes con 63 votos a favor, la reforma el Código Penal, a fin de incorporar un artículo 345-C para sancionar la elaboración y la reproducción ilegal de mensajes, señales, denominaciones o propaganda alusiva a pandillas.

Durante la sesión plenaria del martes, se aprobó una reforma al Código Penal para castigar con pena de prisión de 10 a 15 años a quienes reproduzcan o transmitan mensajes o comunicados presuntamente de pandillas por medios de comunicación radial, televisivos, escritos o digitales, o incluso por Tecnologías de la Comunicación y la Información (redes sociales), así como quienes hagan grafitis de pandillas en inmuebles público o privados.

Esto es una reforma a la Ley de proscripción de maras y pandillas y otra al Código Penal ingresaron los diputados oficialistas en la sesión de este martes, las cuales fueron aprobadas con 64 y 63 votos respectivamente. Ambas tienen que ver con penalizar “la elaboración y reproducción ilegal de mensajes, señales, denominaciones o propaganda alusiva a pandillas” ya sea por personas naturales o medios de comunicación.

Las limitaciones también están contenidas en la reforma al Código Penal, dado que en la petición de incluir el artículo 345-C se señala que se penará con una sanción de 10 a 15 años de prisión a “quienes por medio de las Tecnologías de la Comunicación e Información, medios de comunicación radial, televisivo, escrito o digital, reproduzcan y transmitan mensajes o comunicados originados o presuntamente originados por dichos grupos delincuenciales, que pudieren generar zozobra y pánico en la población en general”, según el documento.

La redacción para el artículo 345-C en el Código Penal pena con la misma sanción (de 10 a 15 años de prisión) al “que elabore, participare en su elaboración, facilitare o fabricare, textos, pinturas, diseños, dibujos, grafitis o cualquier forma de expresión visual en bienes inmuebles de uso público o privado que explícita o implícitamente transmitan mensajes, señales, denominaciones , propagandas” que hagan alusión a maras o pandillas.

Así mismo, se aprobó en la Asamblea Legislativa la de la Ley Especial para la Disposición y Utilización de los Bienes, Dinero, Valores y Activos Incautados a las Estructuras de Crimen Organizado, Terrorismo y Narcotráfico.

Con esto, la Asamblea habilita que tanto el ramo de la seguridad pública, así como la defensa nacional puedan hacer uso de los bienes incautados en operativos. De esta forma, el Consejo Nacional de Administración de Bienes (CONAB) será el que trasladará los bienes a las entidades de seguridad.

La iniciativa fue aprobada con 63 votos y según lo leído en el pleno, tendrá como fin el combate a estos mismos grupos organizados.

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