Los diputados de la Comisión de Infraestructura y Desarrollo Territorial dictaminaron a favor de crear la Ley Especial de Recolección, Aprovechamiento y Disposición Final de Residuos, con el objetivo de proteger la salud de las personas, preservar el medio ambiente y fomentar un modelo de economía circular.
La normativa busca regular de manera integral la gestión, recolección, traslado, aprovechamiento y disposición final de los residuos a nivel nacional, garantizando que estas actividades se realicen de forma sanitaria y ambientalmente segura.
La propuesta de ley daría paso a la creación de la Autoridad Nacional de Residuos Sólidos (ANDRES), un organismo especializado que coordinará las políticas y todas aquellas acciones relacionadas con el manejo de residuos. Dicha autoridad estará adscrita al MOPT y tendrá un director que será nombrado por el presidente de la república.
ANDRES comenzaría a funcionar con un proyecto piloto en San Salvador Este, es decir, en Ilopango, San Martín, Soyapango y Tonacatepeque y asumiría de forma completa o suplementaria la gestión, logística, recolección, aprovechamiento y disposición final de residuos.
Los parlamentarios recibieron en la mesa de trabajo al ministro de Obras Públicas y Transporte, Romero Rodríguez, quien explicó que a la fecha las municipalidades no han podido dar abasto con el tema de recolección de basura, lo que ha provocado la acumulación y un mal manejo de los residuos, generando inundaciones de calles en época lluviosa y la contaminación de las playas.
“Eso dice bastante de lo que está pasando en el país. Es una problemática que se ve en todo lugar, es generalizada. Hemos visto ineficiencia e irregularidad de los servicios de recolección de municipalidades”, dijo Rodríguez.
Rodríguez también aclaró que el proyecto de ley no contempla ningún incremento en las tasas municipales, y que el 50 % de los fondos que ya se perciben por medio de ellas servirá para el funcionamiento de ANDRES.
“Todos sabemos la problemática que existe en nuestro país; el recoger la basura nos va a ayudar de varias maneras a tener un país más limpio, con mejor medio ambiente y hasta en el turismo”, aseguró Rodríguez.
La propuesta también incluye la creación de un sistema de GPS para suministrar rutas y conocer los trayectos que los recolectores de basura realizan.
El ministro agregó que con la buena gestión de los desechos, también se reducirían los tiempos en los que los camiones recolectores descargan la basura actualmente.
Otras instituciones también participarían en la verificación del cumplimiento de la normativa, como, por ejemplo, el Ministerio de Salud, que estará a cargo de realizar inspecciones sanitarias en instalaciones relacionadas con la gestión integral de los desechos.
Mientras que el Ministerio de Educación deberá incluir en la currícula educativa nacional la temática de la gestión integral de desechos y el fomento al reciclaje.
La diputada Elisa Rosales recordó que en otros países ya no existen botaderos debido al buen proceso de reciclaje que han logrado.
“Muchas veces nosotros vemos solo una parte de todo el proceso de recolección de residuos porque eso es lo más visible, pero hay una gran parte que no la vemos. Hemos visto los esfuerzos de las alcaldías, pero no hay recurso humano o tecnología para dar respuesta a una problemática grande”, sostuvo la legisladora.
Infracciones leves
Las infracciones leves podrán ser interpuestas por los agentes de la Policía Nacional Civil, el Cuerpo de Agentes Metropolitanos de la jurisdicción respectiva, los gestores de tránsito del Viceministerio de Transporte o los inspectores designados por la autoridad competente.
Estas infracciones se sancionarán con una multa de $20.00 a $100.00. En caso de que sea un niño o adolescente quien cometa la acción, serán sus padres los responsables de pagar las multas.
Algunas infracciones leves son:
1- Arrojar, abandonar o depositar residuos o desechos domiciliares o domésticos u orgánicos en calles, carreteras, playas, riberas de río o lagos, bosques, parques nacionales u otras áreas no autorizadas por leyes, reglamentos u ordenanzas municipales, no seguir las directrices de reciclaje y separación de residuos.
2- No utilizar envases, depósitos, contenedores u otros de materiales, volúmenes y características adecuadas a los tipos de residuos generados; almacenar residuos fuera de los contenedores adecuados.
3- Almacenar residuos en contenedores inadecuados o no seguir las pautas de almacenamiento establecidas.
4- No separar adecuadamente los residuos no peligrosos en sus diferentes categorías.
5- Almacenar más residuos de los que un contenedor puede manejar de manera segura.
Infracciones graves
Estas infracciones se sancionarán con multa de 101 o hasta 1,000 salarios mínimos mensuales del sector comercio vigente al momento de imposición de la multa.
Algunas infracciones graves, las acciones u omisiones son:
1- Arrojar, abandonar o depositar residuos o desechos sólidos comerciales o
comunes de manejo especial en calles, carreteras, playas, riberas de río o lagos, bosques, parques nacionales u otras áreas no autorizadas o designadas.
2- Incumplir con los requerimientos establecidos en las normativas vigentes en cuanto al manejo de residuos peligrosos.
3- Arrojar, abandonar o depositar residuos peligrosos o industriales en lugares públicos o privados.
4- No proporcionar equipo de protección personal de acuerdo con el riesgo laboral para los trabajadores encargados de la recolección y gestión de residuos
5- Mezclar residuos peligrosos con otros residuos o no proporcionar contenedores separados para diferentes categorías de residuos.
Infracciones muy graves
Estas infracciones se sancionarán con multa de mil uno hasta diez mil salarios mensuales del sector comercio vigente al momento de imposición de la multa
Son infracciones muy graves, las acciones u omisiones siguientes:
1- Arrojar, abandonar o descargar residuos industriales, tóxicos o peligrosos en cuerpos de agua o en suelos sin el tratamiento adecuado.
2- El incumplimiento por parte de las Municipalidades de sus obligaciones de recolección y gestión de residuos.
3- Operación legal de botaderos, plantas de transferencia u otras instalaciones de manejo de residuos.
4- Manipulación de residuos peligrosos fuera de los parámetros de seguridad adecuados o de la regulación aplicable.
5- Acciones que deriven en un daño grave al medio ambiente o a la salud pública.
6- Causar daño ambiental significativo, como la contaminación de fuentes de agua, a través de la eliminación inadecuada de residuos.
7- La quema abierta de residuos, especialmente si estos incluyen materiales.