Jue. Sep 11th, 2025

Los diputados de la Comisión de Hacienda emitieron un dictamen favorable que contempla las disposiciones transitorias para la exención del pago de derechos e impuestos por la introducción de bienes nuevos para viajeros procedentes del exterior.

El fin de esto es para permitirles introducir equipajes libres de gravámenes por un monto superior a lo permitido por ley durante los meses de diciembre al 31 de enero de 2025, es decir $1, 500 como lo establece el inciso segundo del artículo 4 de la normativa Ley de Equipajes de Viajeros Procedentes del Exterior, emitida en octubre de 1993.

Ante esto, a los visitantes se les excluiría del pago de impuestos como el de transferencia de bienes muebles y a la prestación de servicios (IVA), al de bienes nuevos cuyo valor total en aduana no sea superior al equivalente de 3 mil dólares.

Durante el desarrollo de la comisión, los parlamentarios indicaron que la mayoría de los salvadoreños que ingresan al país durante estas festividades son aquellos que han emigrado para ayudar desde el exterior a sus familias, contribuyendo a la economía de esta nación por el ingreso de divisas provenientes de remesas familiares.

Es así que consideraron, una vez más, que sea procedente retribuir el aporte que ellos hacen para dinamizar la economía con la introducción del equipaje libre de impuestos.

“Como Dirección General de Aduanas y debido a la buena normativa que ejecuta esta nueva Asamblea Legislativa consideramos que sí se puede decretar estas disposiciones para beneficiar a la diáspora salvadoreña”, comunicó el subdirector de Aduanas, José Luis Maradiaga, quien expuso todo lo que requiere dicha solicitud.

Lo que excluye las disposiciones

De acuerdo a lo explicado en la mesa de trabajo, las disposiciones que serán presentadas en la próxima sesión plenaria excluyen del beneficio a los transportistas.

Además, también deja afuera del beneficio a los gestores de encomiendas, oficiales y tripulantes de todo medio de traslado (aéreo o marítimo), que efectúa un tráfico regular de pasajeros y mercancías entre El Salvador y cualquier lugar del exterior cuando ingresen en ejercicio de su actividad.

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