Mar. Abr 23rd, 2024

El 28 de enero de este año fue introducida a la Asamblea Legislativa una propuesta de reformas a la
Ley de Telecomunicaciones (LT). Las reformas -de cuya existencia se conoció hasta un par de
semanas después- no han sido discutidas y están pasando desapercibidas en el debate público, a
pesar de sus eventuales repercusiones en la administración de las concesiones del espectro
radioeléctrico, afectaciones a los usuarios de servicios de telecomunicaciones y vulneraciones a la
libertad de expresión, acceso a la información y otros derechos de la comunicación.


Es por ello -y por ser promotores de un proceso de lucha por la democratización de las
comunicaciones que derivó en el pliego de reformas a la Ley de Telecomunicaciones aprobadas en
mayo de 2016- la Asociación de Radiodifusión Participativa de El Salvador (ARPAS) y la Red por el
Derecho a la Comunicación (ReDCo) expresamos ahora nuestras valoraciones sobre la propuesta de
reformas promovidas por el actual gobierno. En tal sentido, manifestamos lo siguiente:

  1. Es positivo cualquier proceso de reforma orientado a mejorar, actualizar o hacer más viable la
    aplicación de un marco legal. Sin embargo, la actual propuesta de reformas a la Ley de
    Telecomunicaciones genera inquietudes e incertidumbres debido a que incorpora aspectos que
    pueden resultar contraproducentes y prestarse a arbitrariedades en algunos procesos administrativos
    de la Superintendencia General de Electricidad y Telecomunicaciones (SIGET) relacionadas con las
    concesiones de radio y televisión. Algunos elementos dudosos y preocupantes son:
    -La mezcla o confusión de la subasta y el concurso para la asignación de concesiones. A pesar de ser
    procesos muy diferentes en su forma y objetivos, los artículos 5, 6, 7 y 8 de la propuesta de reformas
    (que plantean modificaciones a los artículos 80, 84 y 85 de la ley vigente) los abordan
    simultáneamente como si se tratara de mecanismos similares, lo cual revierte la lógica de las
    reformas realizadas en 2016 que separaron la subasta como procedimiento para asignación de
    frecuencias de uso regulado comercial y el concurso para uso regulado comunitario. Esto pondría

nuevamente en desventaja a los medios comunitarios y otros sin fines de lucro frente a los privado-
comerciales al momento de solicitar concesiones de frecuencias radioeléctricas.

-Otro aspecto dudoso es aplicar a la radiodifusión requisitos que -hasta ahora- han sido exclusivos
para la telefonía con el objetivo de asegurar calidad a los usuarios que pagan por servicios
telefónicos, uno de los cuales es el de “calidad técnica de las emisiones radioeléctricas”. El artículo

4 de la propuesta de reformas (que plantea sustituir el Art. 54 A de la ley actual) establece que
“SIGET aplicará los mecanismos (…) para comprobar la calidad técnica de las emisiones
radioeléctricas, incluyendo las radiodifusión…”. Esto podría derivar en sanciones arbitrarias contra
medios radiales y televisivos por -por ejemplo- “no tener calidad técnica”.
-En el mismo sentido, preocupa la incorporación de la condicionante “viabilidad jurídica” en
procedimientos que son estrictamente técnicos. Por ejemplo, el artículo 2 de la propuesta de
reformas (que incluye modificaciones al Art. 15 de la ley vigente) establece que en procesos como
fragmentación o desfragmentación de frecuencias, SIGET determinará la “factibilidad técnica y
jurídica” para su aprobación. Esta incorporación de la “viabilidad jurídica” en procedimientos que
son puramente técnicos también genera incertidumbre.
-También es cuestionable el regreso al concepto de “no utilización de frecuencias” que fue superado
en la reforma de 2016. El artículo 1 de la propuesta de reformas (que plantea modificar el Art. 6 de
la ley vigente) define como no utilización de frecuencias “no realizar transmisiones
electromagnéticas en el espectro radioeléctrico”, revirtiendo el concepto de no utilización de
frecuencias como “no transmitir programación variada y contenidos diversos” establecido en la ley
actual. Esto podría favorecer a acaparadores de frecuencia o avalar la retención ilegítima de
fragmentos del espectro que -mientras tanto- no podrían ser utilizados en forma eficiente y
democrática.

  1. Debido a estas dudas y preocupaciones que genera la referida propuesta de reformas, solicitamos
    a la Comisión de Economía de la Asamblea Legislativa generar un debate abierto, plural e
    incluyente con todos los actores involucrados, especialmente los concesionarios de frecuencias de
    radio y televisión, entre éstos los medios comunitarios. En el diálogo también deberían participar
    organizaciones ciudadanas y académicas que aportarían elementos técnicos y jurídicos para una
    reforma que elimine los riegos de arbitrariedades, asegure un uso eficiente del espectro
    radioeléctrico y favorezca la pluralidad y diversidad mediática.
  2. Y a la Superintendencia de Electricidad y Telecomunicaciones hacemos un llamado a agilizar los
    procesos de renovación de las concesiones de radiodifusión que están pendientes, retomar el proceso
    de digitalización del espectro radioeléctrico y procurar la democratización de las frecuencias,
    especialmente otorgando concesiones a medios comunitarios a través de procedimientos de concurso
    público transparentes, equitativos y democráticos.

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