Jue. Sep 11th, 2025

La Constitución es clara: los padres tienen el derecho fundamental de dirigir la crianza de sus hijos. Las escuelas públicas no pueden usurpar esa función a puerta cerrada.

En una importante victoria sobre la Primera y Decimocuarta Enmienda, el Tribunal de Apelaciones de los Estados Unidos para el Noveno Circuito dictaminó que la demanda de Aurora Regino contra el Distrito Escolar Unificado de Chico, que alega que el distrito facilitó de manera encubierta la transición de género de su hija de quinto grado sin su conocimiento o consentimiento, puede proceder, revirtiendo la desestimación de un tribunal inferior.

En su decisión de 27 páginas, el Noveno Circuito enfatizó que “la Cláusula del Debido Proceso de la Decimocuarta Enmienda protege el derecho fundamental de los padres a tomar decisiones sobre el cuidado, la custodia y el control de sus hijos”. 

La demanda cuenta con el apoyo del Centro para la Libertad Americana, una organización de derechos civiles sin fines de lucro comprometida con la defensa de la libertad de expresión y los derechos de los padres. 

“La decisión de hoy devuelve la esperanza a los padres de todo el país de que sus derechos no terminan cuando sus hijos entran al aula”, declaró Mark Trammell, director ejecutivo del Centro para la Libertad Americana. “La Constitución es clara: los padres tienen el derecho fundamental de dirigir la crianza de sus hijos. Las escuelas públicas no pueden usurpar ese papel a puerta cerrada”. 

Regino presentó la demanda tras enterarse de que la escuela de su hija de 11 años había estado afirmando una nueva identidad de género, con cambios de nombre y pronombre, durante varias semanas, sin notificárselo ni involucrarla. En ese momento, su hija padecía problemas de salud mental, como ansiedad y depresión. 

“Esta es una gran victoria, no solo para mí, sino para todos los padres que creen que deben tener voz y voto en las decisiones cruciales que afectan a sus hijos”, dijo Regino. “Ninguna madre debería verse sorprendida por una política escolar secreta que excluya a los padres de intervenciones que les cambian la vida”. 

La opinión también señaló que “el derecho a la asociación familiar abarca el derecho de los padres a tomar decisiones importantes sobre la salud y la educación de sus hijos”, poniendo límites constitucionales a las prácticas ideológicamente impulsadas en la educación pública. 

El caso ha atraído la atención nacional ante la creciente preocupación por la implementación de políticas de afirmación de género en las escuelas sin la participación de los padres. Expertos legales siguen de cerca el caso, ya que podría sentar precedente para la gestión judicial de disputas similares en todo el país. 

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