La Asamblea Legislativa aprobó este martes con 67 votos a favor, el dictamen favorable de la Comisión de Legislación, para reformar el artículo 147-E del Código Penal, que aumenta los años de prisión por el delito de conducción peligrosa.
Con la reforma, la pena pasa de 4 a 6 años de prisión para todo aquel que, mediante conducción peligrosa de vehículo de motor, transgreda las normas de seguridad vial, poniendo en peligro la vida o la integridad física de las personas.
Mientras que, la pena de prisión cuando se trate de la conducción peligrosa de vehículo de moto de transporte público de pasajero o de carga es de 3 a 5 años, según el Código Penal vigente.
“En el 2020, tuvimos 866 casos de conducción peligrosa y, en 2021, 954 casos, llegando a tener cuatro detenciones diarias. La conducción peligrosa también tiene efectos en la economía, salud y seguridad de la población”, dijo la diputada Marcela Pineda, durante la sesión plenaria.
Fuente: Asamblea Legislativa
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