Mar. May 7th, 2024

Provocarle sufrimiento y hasta la muerte a un animal es un delito sancionado con cárcel, según la Ley Especial de Protección y Bienestar Animal y las reformas al Código Penal. Y cuando una persona hace una mala disposición del cadáver, las sanciones accesorias se suman a su proceso legal.

Una mujer arrolló a un perrito y no logró sobrevivir este viernes 25, la responsable no realizó la adecuada disposición del cadáver del canino, que es enterrarlo, sino que lo dejó tirado en un predio.

Según las investigaciones del equipo operativo del Instituto de Bienestar Animal (IBA) y de la Policía Nacional Civil, la mañana del 25 de agosto, la responsable de este hecho subió a su vehículo luego de departir con su familia en un restaurante de Soyapango y atropelló un canino comunitario y lo dejó abandonado el cuerpo del canino en un predio baldío cercano al cantón Dolores Apulo, en Ilopango.

Los equipos de IBA se desplazaron la noche del viernes a la zona, y luego de las indagaciones respectivas, encontraron el cuerpo del perro en un basurero, por lo que la capturada también enfrentará sanciones por no haber realizado la adecuada disposición del cadáver. 

La detenida podría ser procesada de acuerdo con la reforma al Código Penal, Art. 261-A (él que por acción u omisión provoque o genere maltrato, causándole lesiones, dolor, sufrimiento, daño permanente o menoscaben el bienestar animal …) con pena de prisión de dos a cuatro años.

Y, además, podría enfrentar una pena de entre siete a diez salarios mínimos (US$2,555 a US$3,650) al cometer una infracción muy grave con base al artículo 63 literal I, de la LEPBA, que sanciona la inadecuada disposición de cadáveres de animales de compañía, en lugares no autorizados que pongan en riesgo la salud pública.

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