Lun. May 6th, 2024

El Sindicato Salvadoreño de la Industria Textil y Similares (SSINT) que forma parte de la Plataforma para la defensa de los derechos laborales sector maquila textil, manifiestan las violaciones a sus derechos laborales a través de un comunicado.  

Ante la constante vulneración a los derechos laborales del sector de la maquila textil, de parte de los empresarios, usuarios de las zonas francas y comercialización del país, “Vemos con preocupación la situación de vulnerabilidad a la que son objeto miles de trabajadoras y trabajadores de la maquila, sin que se les respete el derecho al trabajo, estabilidad laboral a las persona directivas sindicales, libertad sindical y el acceso a la seguridad social que poseen”, expresan en el comunicado.

Asi mismo comunican que: “Como sector laboral hemos identificado cientos de casos donde la patronal no ha cancelado los salarios adeudados de todo el período de la cuarentena por la COVID -19, que comprende de 19 de marzo al 24 de agosto de 2020, las trabajadoras no hemos recibido salario durante todo ese tiempo, a pesar de los Decretos Legislativos emitidos por la Asamblea Legislativa, donde manifestaba que, durante la cuarentena, las trabajadoras iban a gozar de estabilidad laboral y no podían ser desmejorados en sus condiciones laborales, con el agravante que el gobierno incentivó al gran capital a través de préstamos en la banca internacional”.

El sindicato también expresa que “Uno de los efectos por la irresponsabilidad de los empresarios textil al no pagar los salarios de la cuarentena fue la insolvencia de planillas al Seguro Social, que derivó en la restricción al acceso a la salud de trabajadores y trabajadoras con padecimientos crónicos, enfermedades terminales, mujeres en etapa de gravidez y eliminación de subsidios, que hasta el momento no han sido cancelados”.

De acuerdo a lo anterior la legislación penal del país a cometer posiblemente el ilícito de Infracción de las condiciones laborales o de seguridad social regulado y sancionado en el artículo 244 del C.P., Apropiación o retención de cuotas laborales regulado y sancionado en el artículo 245 del C.P. Sumado a lo anterior, el 5 de enero del corriente, la Sociedad F y D S.A. de C.V. despidió a una compañera Directiva Sindical, que goza de la estabilidad laboral que concede el articulo 47 inc. 6to de la Constitución de la República y el artículo 248 del C.T., consistente en el fuero sindical.

Además, agregan que esa Sociedad ha vulnerado los Convenios de la Organización Internacional del Trabajo O.I.T. 89 y 98 respectivamente y vulneró el Código de conducta de las marcas internacionales de producción de textiles.

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