Jue. Sep 11th, 2025

Día a Día News

ElSalvador–Este lunes entró en vigencia la Ley Anticorrupción en El Salvador, una normativa que busca prevenir, detectar, investigar y sancionar actos ilegales cometidos por funcionarios y empleados públicos en el ejercicio de sus funciones.

La ley fue propuesta por el Ejecutivo y aprobada el 7 de febrero en la Asamblea Legislativa con el apoyo de Nuevas Ideas, PCN y PDC, mientras que ARENA y VAMOS votaron en contra.

La normativa aplica a todas las autoridades, funcionarios y empleados de instituciones estatales, municipales, autónomas y descentralizadas. Su principal mecanismo de acción es el Sistema Integrado Nacional Anticorrupción (SINAC), conformado por 12 entidades clave, entre ellas la Fiscalía General de la República (FGR), Policía Nacional Civil (PNC), Corte de Cuentas de la República (CCR), Órgano Judicial, Ministerio de Hacienda y Superintendencia del Sistema Financiero (SSF).

El SINAC tiene la tarea de coordinar esfuerzos para supervisar y controlar el patrimonio y actividades de servidores públicos. En particular, la Corte de Cuentas debe garantizar que la Fiscalía tenga acceso irrestricto a juicios de cuentas y procesos administrativos que evidencien posibles delitos de corrupción.

Asimismo, la Corte Suprema de Justicia debe remitir diligencias a la Fiscalía cuando la Sección de Probidad detecte indicios de enriquecimiento ilícito.

La Fiscalía General de la República (FGR), será el ente rector del SINAC y contará con el Centro Nacional Anticorrupción (CNA), encargado de las acciones de inteligencia para la prevención e investigación de delitos de corrupción.

El CNA operará de forma continua y utilizará tecnología avanzada para analizar datos y detectar redes de corrupción mediante la identificación de vínculos entre personas, instituciones y transacciones financieras. Además, dispondrá de un presupuesto especial asignado por el Ministerio de Hacienda, independiente del presupuesto general de la Fiscalía.

La ley establece que cualquier persona podrá presentar denuncias ante el SINAC o cualquiera de sus instituciones integrantes cuando existan pruebas o sospechas fundadas de enriquecimiento ilícito o corrupción. Se garantiza protección a denunciantes y testigos para evitar represalias.

En total, la ley contempla 13 tipos penales relacionados con actos de corrupción que serán investigados y sancionados, entre ellos peculado, concusión, negociaciones ilícitas, cohecho propio e impropio, malversación, enriquecimiento ilícito, soborno transnacional y tráfico de influencias.

Además, el artículo 18 establece la obligación de que funcionarios, empleados públicos, sus cónyuges o convivientes, e hijos presenten una declaración jurada de activos y pasivos junto con la declaración anual del Impuesto sobre la Renta. Este informe deberá incluir detalles de bienes, pasivos y adquisiciones realizadas durante el periodo fiscal.

Especialistas en administración pública destacan que esta ley es un paso importante para fortalecer la ética y la transparencia en la gestión pública. Señalan que gobiernos anteriores impulsaron leyes que dificultaron la sanción de actos de corrupción, mientras que esta normativa busca establecer mecanismos efectivos para la investigación y la rendición de cuentas.

Facebook Comments Box
Compartir esta nota
error: Contenido protegido