Jue. Sep 11th, 2025

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ElSalvador–La Asamblea Legislativa avaló el jueves un decreto que establece un régimen especial para promover la llegada de inversiones de gran magnitud al país. La nueva normativa permitirá exonerar del pago de impuestos a personas o empresas que trasladen al menos $2,000 millones en capitales hacia El Salvador.

Con 56 votos a favor, el decreto fue aprobado por la mayoría de diputados del partido Nuevas Ideas. La única diputada que votó en contra fue Claudia Ortiz, del partido Vamos.

El régimen aplicará a inversionistas salvadoreños que hayan residido en el exterior por más de un año, así como a extranjeros que demuestren legalmente la existencia de su empresa en su país de origen. Ambos podrán optar a los beneficios fiscales si trasladan activos al país por el monto requerido.

Entre los beneficios fiscales que ofrece el régimen se encuentran: exención del Impuesto sobre la Renta (ISR) para las ganancias derivadas de las nuevas inversiones, exoneración de impuestos por la transferencia de inmuebles con fines productivos, eliminación de tasas municipales y liberación del pago de aranceles por la importación de maquinaria, equipos y materiales necesarios para las operaciones.

La normativa incluye distintos tipos de inversiones válidas: creación de nuevas sociedades mercantiles, adquisición de acciones, compra de bienes inmuebles, concesión de préstamos para proyectos productivos y adquisición de maquinaria, materias primas o tecnologías aplicables a procesos económicos.

También se consideran inversiones elegibles aquellas relacionadas con la adquisición o uso de derechos de propiedad intelectual, como marcas, patentes o conocimientos técnicos, siempre que estén orientados al desarrollo de actividades económicas en territorio salvadoreño.

Para acogerse al régimen, las personas naturales o jurídicas deberán presentar una solicitud ante el Ministerio de Economía, junto con la documentación legal correspondiente y un resumen financiero elaborado por un contador público salvadoreño. Además, será necesario inscribirse en el Registro de Contribuyentes del Ministerio de Hacienda y enviar un escrito a la Dirección General de Impuestos Internos (DGII) en un plazo máximo de 30 días desde el inicio de las operaciones.

La DGII dispondrá de hasta 10 días hábiles para revisar cada caso y emitir una resolución. Una vez autorizada la inversión, el beneficiario deberá informar cualquier cambio relevante, como modificaciones en la estructura societaria o ajustes en el monto invertido, dentro de un período de 10 días hábiles.

El decreto establece sanciones administrativas por omisiones o incumplimientos relacionados con el registro y notificación de las inversiones, con base en lo dispuesto en los artículos 235, 237 y 241 del Código Tributario.

Durante la discusión del decreto, legisladores del oficialismo indicaron que el objetivo principal es facilitar el establecimiento de grandes capitales en el país para fomentar la productividad, la generación de empleos y el crecimiento de las exportaciones.

La normativa entrará en vigor tras su ratificación por el Ejecutivo y su publicación en el Diario Oficial.

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