Sáb. Mar 14th, 2026

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ElSalvador–El Gobierno de El Salvador presentó ante la Asamblea Legislativa de El Salvador una iniciativa de reformas a la Ley Especial de Migración y Extranjería que introduce cambios en el proceso para obtener la nacionalidad salvadoreña, así como nuevas disposiciones sobre residencia temporal en el país.

La propuesta fue enviada por el Ejecutivo a través del Ministerio de Justicia y Seguridad Pública y fue ingresada como pieza de correspondencia 2-A. El documento será estudiado por la comisión legislativa encargada de temas de salvadoreños en el exterior, legislación y gobierno.

Nacionalidad para hijos de salvadoreños naturalizados

Entre los cambios planteados se incluye una reforma al artículo 164 de la normativa. Con esta modificación, los hijos menores de 18 años nacidos en el extranjero de personas que posteriormente obtuvieron la nacionalidad salvadoreña podrían ser reconocidos como salvadoreños.

Según la iniciativa, los padres podrán solicitar ese reconocimiento mediante un procedimiento especial que será establecido por la Dirección General de Migración y Extranjería.

El objetivo de la propuesta es permitir que los menores obtengan la nacionalidad antes de alcanzar la mayoría de edad. No obstante, el documento establece que, al cumplir 18 años, deberán manifestar ante la autoridad competente si desean conservar la nacionalidad salvadoreña.

Causales para perder la nacionalidad por naturalización

La iniciativa también propone cambios al artículo 279 de la ley, relacionado con la pérdida de la nacionalidad salvadoreña obtenida por naturalización.

Entre las causales incluidas se plantea que una persona naturalizada podría perder esa condición si reside más de dos años consecutivos en su país de origen o permanece fuera de El Salvador por más de cinco años seguidos, salvo que cuente con un permiso otorgado conforme a la normativa.

Asimismo, el documento indica que la nacionalidad también se perdería cuando exista una sentencia ejecutoriada por delitos dolosos. En estos casos, la propuesta establece que no podría recuperarse posteriormente.

Permanencia de residentes temporales

Otra de las modificaciones se refiere a las condiciones de permanencia para extranjeros con residencia temporal en el país.

El Ejecutivo propone reformar el numeral 5 del artículo 49 para establecer que quienes posean este estatus migratorio deberán permanecer en territorio salvadoreño al menos 90 días calendario cada año. Ese período podrá cumplirse de forma consecutiva o acumulada dentro del mismo año.

Además, la propuesta plantea sustituir el artículo 119 de la ley para reforzar esta obligación de permanencia mínima anual.

El texto también contempla excepciones cuando existan circunstancias de caso fortuito o fuerza mayor, siempre que estas sean comprobadas ante la Dirección General de Migración y Extranjería.

Las reformas deberán ser analizadas por la comisión legislativa correspondiente antes de continuar su trámite dentro del proceso de aprobación en el pleno de la Asamblea Legislativa.

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