Mié. Oct 8th, 2025

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ElSalvador–La Asamblea Legislativa aprobó la noche del martes la nueva “Ley especial para la prevención, control y sanción del lavado de activos, financiamiento al terrorismo y de la proliferación de armas de destrucción masiva”, con 57 votos a favor de Nuevas Ideas y sus aliados, sin votos en contra.

La normativa introduce cambios clave en los sujetos obligados, la declaración de dinero en efectivo y la inclusión de proveedores de servicios digitales y activos virtuales como bitcoin.

Entre las modificaciones principales, se reduce la lista de sujetos obligados a 10 categorías, limitándose a quienes representan un riesgo real de lavado de dinero.

Entre estos se encuentran instituciones financieras, casinos, intermediarios inmobiliarios, comerciantes de metales preciosos, profesionales que manejan activos de clientes, empresas de transporte de valores, proveedores de servicios de activos digitales y partidos políticos. Se excluyen empresas constructoras, hoteles, agencias de viajes, laboratorios, farmacias, asociaciones empresariales y sociedades mercantiles que antes eran sujetos obligados.

La ley establece que toda persona que ingreses o salga del país con $15,000 o más en efectivo debe declararlo, y el incumplimiento de esta obligación será considerado trasiego de activos, con penas de tres a cinco años de prisión.

Además, los sujetos obligados no podrán obstaculizar la inclusión financiera de personas naturales o jurídicas ni negar servicios por antecedentes relacionados con lavado de dinero sin una evaluación individualizada de riesgo.

Una de las innovaciones más importantes es la creación del Sistema Nacional para la Prevención, Control y Sanción de los delitos financieros, liderado por la Unidad de Investigación Financiera (UIF), adscrita a la Fiscalía.

Este sistema podrá recibir reportes de operaciones sospechosas, acceder a información de entidades públicas y privadas, y coordinar acciones con supervisores nacionales e internacionales. También se constituirá el Comité Interinstitucional (CIPLAFT), integrado por autoridades de alto nivel, encargado de proponer políticas y estrategias para combatir el lavado de activos.

El régimen sancionatorio de la nueva ley es más estricto y contempla infracciones graves y muy graves, con responsabilidades administrativas para personas naturales y jurídicas.

En casos de lavado de activos comprobado, las penas van de 9 a 15 años de prisión, con agravantes si se involucran fondos públicos o funcionarios del Estado. Las sanciones incluyen multas de 50 a 1,000 salarios mínimos, suspensión o cancelación de operaciones, inhabilitación de hasta 10 años y disolución de entidades jurídicas en casos graves.

Durante la discusión, la diputada Cesia Rivas, de Vamos, criticó que el artículo 10 impida excluir de servicios financieros a personas con antecedentes relacionados con lavado de activos, y cuestionó que la norma pueda beneficiar a ciertos actores. Por su parte, el subjefe de fracción de Nuevas Ideas, Caleb Navarro, defendió los cambios, asegurando que la ley fortalece la lucha del Estado contra la criminalidad financiera y promueve la inclusión de los verdaderos sujetos de interés.

La aprobación de esta ley busca cumplir compromisos internacionales del país, incluyendo la recomendación 15 del Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI), relacionada con la regulación de activos virtuales y proveedores de servicios financieros, además de mejorar la eficiencia del sistema y reducir obstáculos para la actividad económica legítima.

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